Cómo afrontar las deudas con AEAT (Hacienda) y TGSS (Seguridad Social): Claves según el tipo de deudor en Asturias.
Las deudas con Hacienda – la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) pueden convertirse en un problema serio para empresas y personas físicas en Asturias. No solo generan recargos e intereses, sino que también pueden derivar en embargos y responsabilidades personales. La verdad es que Hacienda y la Seguridad Social son dos enemigos formidables.
Sin embargo, la Ley Concursal ofrece mecanismos para gestionar e incluso exonerar estas deudas, aunque con diferencias significativas según se trate de una empresa mercantil o de un autónomo o particular en Asturias.
Empresas mercantiles en Asturias: posibilidad de exoneración total
Las sociedades mercantiles asturianas que acumulan deudas con la AEAT y la TGSS tienen la posibilidad de obtener una exoneración total de las mismas si siguen el procedimiento concursal adecuado. Para ello, es fundamental contar con el asesoramiento de un experto en reestructuraciones y concursos de acreedores en Asturias que les permita:
- Analizar la situación financiera: Evaluar si es posible una reestructuración de la deuda o si es necesario acudir a la liquidación.
- Negociar con la administración: Existen vías para llegar a acuerdos de pago o aplazamientos, aunque si la empresa es insolvente, el concurso de acreedores es la mejor opción.
- Solicitar la exoneración en el concurso: La Ley Concursal permite la cancelación total de deudas con AEAT y TGSS en el marco del procedimiento concursal, siempre que se cumplan los requisitos legales.
Si la empresa ya no es viable, la liquidación ordenada mediante concurso también puede proteger al administrador de futuras responsabilidades y garantizar la extinción total de la deuda sin repercusiones personales. Es muy importante tomar conciencia que en el caso de las empresas, retrasar la declaración del concurso es un problema serio que puede provocar que los administradores se vean obligados a hacer frente a las deudas de la empresa. Declarar un concurso de acreedores en Asturias es una obligación y no un truco para no pagar.
Autónomos y personas físicas en Asturias: límites en la exoneración
A diferencia de las empresas mercantiles, los autónomos y particulares asturianos tienen límites en la exoneración de deudas con AEAT y TGSS. La Ley de Segunda Oportunidad, que regula el procedimiento concursal para personas físicas, establece que solo se pueden exonerar hasta 10.000 euros por cada entidad (AEAT y TGSS).
Los pasos a seguir para acogerse a este mecanismo son:
- Iniciar un procedimiento concursal: Presentar un concurso de acreedores en el juzgado correspondiente.
- Demostrar buena fe: Para obtener la exoneración, el deudor debe acreditar que ha actuado con buena fe y que no ha ocultado bienes ni generado deudas de forma fraudulenta.
- Solicitar la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI): Si se cumplen los requisitos, el juzgado concederá la cancelación de hasta 10.000 euros con AEAT y 10.000 euros con TGSS.
- Valorar otras estrategias: Si el deudor cuenta con recursos y tiempo, un profesional puede asesorarle sobre otras vías legales para maximizar la exoneración, como la reestructuración de deudas o estrategias concursales avanzadas.
En el caso de los autónomos y personas físicas en Asturias deben acudir cuanto antes a consultar con una profesional para evitar agrandar su problema y, sobre todo, antes de estar totalmente falto de recursos. Hay que evitar llegar a esa situación ya que nos impedirá negociar y maniobrar más eficazmente.
El tratamiento de las deudas con AEAT y TGSS en Asturias varía según el tipo de deudor. Mientras que las empresas mercantiles pueden conseguir la exoneración total mediante un concurso bien gestionado, los autónomos y personas físicas tienen un límite de exoneración de 10.000 euros por entidad. Sin embargo, con una planificación adecuada y el asesoramiento correcto, existen estrategias para optimizar los beneficios en Asturias de la Ley Concursal y minimizar el impacto de estas deudas.
Pedro Fernández Manso
Experto en LSO, asesoría empresarial, derecho concursal y reestructuraciones
Abogado Colegiado ICAO 5531
Economista Colegiado CEA 1441
